sábado, 22 de septiembre de 2012

22/09/2012:RS 219-2012/SUNATModifican la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT que establece las normas referidas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT y normas modificatorias se estableció las normas referidas a los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, se reguló en un solo cuerpo legal el procedimiento de autorización de libros y registros vinculados a asuntos tributarios, incluido el Registro de Huéspedes a que se refiere el Decreto Supremo N° 029-2004-MINCETUR.
No obstante dada la problemática informada por los establecimientos de hospedaje en relación a la obligación de legalizar el Registro de Huéspedes se modifica la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT, relacionada con la facultad para autorizar los libros y registros mediante la legalización de los mismos señalando en forma expresa que en el caso de Registro de Huéspedes la legalización no será necesaria.
Asimismo respecto a la oportunidad de la legalización señalado en el artículo 3° se retira la mención referida que tratándose del libro de planillas, la legalización se regirá por lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-98 –TR y normas modificatorias.
La presente Resolución entra en vigencia el 20 de setiembre.

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