viernes, 28 de diciembre de 2012

28/12/2012: RS 306-2012/ SUNAT Amplían los plazos previstos en la Resolución de Superintendencia N° 019 2012/SUNAT para el uso de sistemas informáticos y para la presentación del Formulario N° 845

Como se sabe, la Resolución de Superintendencia N° 019-2012 autorizó hasta el 30.06.2013 el uso de sistemas informáticos para la emisión de tickets, incluso de aquellos aplicativos informáticos que hubieren sido declarados como máquinas registradoras. Dicha norma establecía que la autorización surtiría efecto siempre que, hasta el 31.12.2012, los usuarios de tales sistemas presenten el Formulario N° 845 ante los Centros de Servicios al Contribuyente o dependencias de la SUNAT o a través de SUNAT Operaciones en Línea.
De ese modo, mediante la Resolución de Superintendencia. N° 306-2012/SUNAT, publicada el 28.12.2012, se dispone ampliar dicho plazo hasta el 31 de diciembre de 2014 y hasta el 30 de junio de 2014, para el uso de sistemas informáticos y para la presentación del Formulario N° 845, respectivamente.

28/12/2012: RS 305-2012/SUNAT Rentas de Cuarta Categoria.

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 305-2012/SUNAT, publicada el 28.12.2012, se ha establecido que no se encuentran obligados a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta:
a) Los contribuyentes por rentas de 4ª categoría o rentas de 4ª y 5ª categorías percibidas en el mes cuyo monto no supere S/. 2 698,00 mensuales.
b) Los contribuyentes con funciones de directores, mandatarios, gestores, etc. que perciban rentas por esas funciones y, además, otras rentas de 4ª ó 5ª categoría, cuyo monto no supere de S/. 2 158,00 mensuales.
Además, pueden solicitar la suspensión de retenciones y pagos a cuenta:
a) Los contribuyentes que han percibido rentas de 4ª categoría o rentas de 4ª y 5ª categorías en el ejercicio 2012, cuando los montos que proyectan recibir por esas rentas en el 2013 no superen S/. 32 375.00.
b) Los directores, mandatarios gestores, etc., cuando los ingresos que proyectan percibir en el 2013 por rentas de 4ª categoría o rentas de 4ª y 5ª categorías, no superen S/. 25 900,00.

28/12/2012 : RS 304-2012 SUNAT Cronograma Renta Anual 2012 PDT 681 682

La Resolución de Superintendencia N° 304-2012/SUNAT, publicada el 28.12.2012, aprueba los siguientes formularios virtuales para la declaración anual del IR e ITF:
a) PDT N.° 681: Renta Anual 2012 – Persona Natural – Otras Rentas (rentas de primera categoría, rentas de segunda categoría originadas en la enajenación de los bienes a que se refiere el inciso a) del artículo 2° de la LIR, rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera).
b) Formulario Virtual N.° 681 – Simplificado Renta Anual 2012 – Persona Natural (rentas de primera categoría y rentas del trabajo).
c) PDT N.° 682: Renta Anual 2012 – Rentas de la Tercera Categoría e ITF.
Los PDT N° 681 y 682 estarán a disposición de los deudores tributarios en SUNAT Virtual a partir del 07.01.2013.
El Formulario Virtual N.° 681 – Simplificado Renta Anual 2012 – Persona Natural estará disponible en SUNAT Virtual a partir del 15.02.2013.

miércoles, 26 de diciembre de 2012

26/12/2012: Venta de inmuebles se encontrará afecta al sistema de detracciones del IGV con un 4% del importe de la operación

Se acaba de publicar el siguiente proyecto de resolución de superintendencia que modificará la Resolución de Superintendencia 183-2004-SUNAT, a fin de regular la aplicación del sistema de detracciones del IGV a la venta de inmuebles gravada con el IGV. El monto del depósito resultará de aplicar el porcentaje de cuatro por ciento (4%) sobre el importe de la operación, siendo el código a aplicar el “040 Bien inmueble gravado con el IGV”

Además, regula el segundo párrafo de la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 940, que establece la obligación de los notarios de informar a la SUNAT en la forma, plazo y condiciones que ésta establezca, los casos en los que no se hubiera acreditado el pago del íntegro del depósito correspondiente a la venta de inmuebles sujeta al sistema de detracciones del IGV.

Lo más problable es que estas nuevas disposiciones entren en aplicación el 01 de febrero del 2013.

 

26/12/2012: RS 302-2012/SUNAT Establecen cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias del ejercicio 2013

La Resolución de Superintendencia N° 302-2012/SUNAT (publica el 22.12.2012) ha establecido el cronograma de vencimiento para la declaración y pago del IGV, de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta y los tributos retenidos y percibidos.
Asimismo, la citada norma también establece un cronograma para los buenos contribuyentes y para la declaración y pago del ITF.

26/12/2012:DS N° 289-2012-EF Se modifica el Decreto Supremo N° 047-2011-EF, Reglamento de la Ley N° 29623, Ley que promueve el financiamiento a través de la Factura Comercia

Mediante el Decreto Supremo N° 289-2012-EF, publicado el 23.12.2012, se dispuso modificar los artículos 7° y 8° e incorporar el artículo 7°-A al Reglamento de la Ley N° 29623, Ley que promueve el financiamiento a través de la Factura Comercial.
La presente norma se encontrará vigente a partir del 23.12.2012.

26/12/2012:Ley General de la persona con discapacidad

Mediante Ley Nº 29973 publicada el 24.12.2012, se reguló la Ley general de la persona con discapacidad en donde se establece que la persona con discapacidad tiene los mismos derechos que el resto de la población, además, se otorgó obligaciones y beneficios a las entidades privadas y públicas.

 
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