viernes, 29 de marzo de 2013

29/03/2013: Aprueban disposiciones complementarias para la aplicacion del DS 012-2012-TR, mediante el cual se aprobo el Reglamento de multas del ministerio.

Publicacion:27/03/2013 Vig.:28/03/2013
Mediante la citada Resolución, se han aprobado las Disposiciones Complementarias para la aplicación del Reglamento de Multas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), conformadas por 12 artículos y una disposición final.

El texto completo de tales disposiciones podrá ser descargado de la página web del MTPE:
www.trabajo.gob.pe.

29/03/2013: Res.SMV 007-2013 SMV /01 Modifican normas para la prevencion del lavado de activos y financiamiento de activos

Publicacion:25/03/2013 Vig.: A  los 120 dias calendarios siguientes  a la fecha de publicacion 
Mediante el presente dispositivo se modifica la Resolución CONASEV Nº 033-2011-EF-94.01.1, mediante la que se aprueban las normas para la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Entre las principales modificaciones se encuentran la incorporación de las definiciones de “Registro de Operaciones del Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo” y “Riesgo de LA/FT”; así como lo que se entiende como gestión de riesgos de LA/FT, beneficiario final, cliente, financiamiento de terrorismo, lavado de activos, y otros.

Se modifica lo que debe considerarse como la finalidad y alcance de este sistema, precisándose que cuando el sujeto obligado forme parte de un grupo económico deberá incluir políticas y procedimientos a nivel de grupo, incluyendo políticas para el intercambio de información dentro del grupo. Asimismo, se modifican las reglas a seguir respecto de los programas de capacitación, lo que debe entenderse como clientes, la debida diligencia de clientes, el registro de operaciones del sistema, entre otros.

Finalmente, también se modifica el Anexo XIX el cual forma parte del Reglamento de Sanciones
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29/03/2013:RS 101-2013/SUNAT Normas relativas a la suspension de los P/A del impuesto a la renta de 3era-categoria , a partir de los P/A de 02/2013,03/2013,04/2013 o 05/2013

Publicacion:21/03/2013 Vig,.:22/03/2013
Mediante el presente dispositivo se establece la forma, lugar, plazo y condiciones para que los contribuyentes que obtengan rentas de tercera categoría que determinen sus pagos a cuenta aplicando el 1.5% a los ingresos netos obtenidos en el mes, puedan presentar la solicitud de suspensión de los pagos a cuenta del mes de febrero, marzo, abril o mayo de acuerdo a lo previsto en el acápite i) del segundo párrafo del artículo 85º de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR).
Para tal efecto, se aprueba la forma y contenido de la Solicitud de suspensión de los pagos a cuenta, la cual deberá ser a través de un escrito; y se precisa que la presentación de los registros o inventarios físicos se presentaran en formato DBF o Excel en un disco compacto o USB.
La Declaración se hará vía SUNAT Virtual, debiendo imprimirse y ser firmada por el representante legal. Esta declaración será presentada en los siguientes lugares:
  • PRICOS Nacionales: En la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales.
  • Contribuyentes de la Intendencia Lima:
  • Principales Contribuyentes: En las dependencias encargadas de recepcionar sus declaraciones o en los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por SUNAT.
  • Medianos o Pequeños Contribuyentes: Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por SUNAT.
  • Los del directorio de las Intendencias Regionales u Oficinas Zonales: Dependencias de SUNAT o Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por dichas dependencias.
Finalmente, los contribuyentes que sean notificados con la aprobación de SUNAT, tendrán que anotar en su Libro de Inventarios y Balances sus estados de ganancias y pérdidas al 31 de enero, 28 o 29 de febrero, 31 de marzo o 30 de abril a valores históricos.
http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2013/101-2013.pdf

29/03/2013: Ley 30002 Ley que establece las caracteristicas de la Remuneracion Integra Mensual (RIM) a la que hace referencia la Ley 29944 , Ley de Reforma Magisterial.

Publicacion: 16/03/2013 Vig:17/03/2013
Mediante la referida legislación se establece que durante el año fiscal 2013 el 65% de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) correspondiente a cada escala magisterial a la que hace referencia el artículo 57 de la Ley de Reforma Magisterial, esté afecta a cargas sociales y sea de naturaleza pensionable.
Para implementar tal disposición, se han establecido también las medidas presupuestarias correspondientes. 

29/03/2013: Anexos a la RS 065-2013/SUNAT vinculadas al Sistema de emision electronica desarrollada desde los Sistemas del Contribuyente.

Publicacion: 18/03/2013 Vig.:01/03/2013
Mediante el presente dispositivo se publicaron los siguientes Anexos, modificando así diversos aspectos de la Resolución de Superintendencia N.° 097-2012/SUNAT y normas modificatorias, que creó el Sistema de Emisión Electrónica desarrollado desde los sistemas del contribuyente.
  • Factura Electrónica
  • Boleta de Venta
  • Nota de Crédito Electrónica
  • Nota de Débito Electrónica
  • Catálogo de Códigos

29/03/2013: RM 050-2013 TR Aprueban formatos referenciales que contemplan la informacion minima que deben contener los registros obligatorios del Sistema de Gestion de Seguridad y de Salud en el trabajo.

Publicacion:15/03/2013 Vig.:16/03/2013
Se han aprobado los formatos referenciales que contemplan la información mínima que deben contener los registros obligatorios del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (que están detallados en el artículo 33 del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por Decreto Supremo 005-2012-TR) y que como anexo 1 forma parte de la Resolución Ministerial en comentario.
Se han aprobado también, en calidad de anexos 2 y 3, respectivamente, el modelo de Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo y la Guía Básica sobre Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
La presente Resolución y sus anexos serán publicados en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.trabajo.gob.pe.

29/03/2013: DS 050-2013 EF Modifican disposiciones del reglamento de la LIR vinculadas a la suspension de los P/A renta 3era categoria.

Publicacion: 15/03/2013 Vig.:16/03/2013
Mediante el presente decreto supremo, se adecua el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, en virtud a la reciente modificación de la Ley del Impuesto a la Renta vía Ley Nº 29999, respecto a la incorporación de nuevos requisitos para que los perceptores de rentas de tercera categoría puedan suspender sus pagos a cuenta del impuesto a la renta mensual que realizan las empresas a partir del mes de febrero.
 

 
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