martes, 24 de abril de 2012

24/04/2012:Carta Nº029-2012-SUNAT se pronuncia sobre la participación de los trabajadores en las Utilidades

La Sunat mediante Carta N° 029-2012-SUNAT señaló que para la determinación de la renta imponible de tercera categoría, la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas en todos los casos constituye gasto deducible del ejercicio al que corresponda, siempre que se pague dentro del plazo previsto para la presentación de la declaración jurada anual de ese ejercicio. Se adjunta la correspondiente carta. 

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