El Decreto Legislativo N° 1106 modifica algunas de las facultades de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), el cual entrará en vigencia a partir del 18 de junio y señala una nueva restricción para el movimiento de efectivo.Dicha norma establece un límite para el ingreso y salida de dinero en efectivo por cualquiera de las fronteras del país, fijando un tope de US$ 30 mil Dólares americanos. Cabe resaltar que antes de esta ley toda persona peruana o extranjera estaba obligada a hacer una declaración si portaba mas de US$/ 10 mil en efectivo al momento de entrar o salir del Perú. Dicha declaración se mantendrá vigente, no obstante en la medida que se supere los US$ 30 mil Dólares americanos, la Sunat dispondrá la retención del dinero y la UIF verificará el origen lícito del dinero.




10:23
A.C.
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