La norma en referencia ,publicada el 16.06.12,delega en la comisión permanente del Congreso de la República, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 101 de la constitución Política del Perú, la facultad de legislar desde el 16 junio hasta el 20 de julio de 2012, sobre los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa que se encuentren pendientes en la Agenda del Pleno del Congreso al 15 de junio de 2012, y aquellos que se incluyan por acuerdo de la Junta de Portavoces, según sus atribuciones, así como sobre los proyectos de ley y de resolución legislativa que remita el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia, con posterioridad a dicha fecha, conforme a lo dispuesto por el artículo 105 de la Constitución Política del Perú.




14:47
A.C.
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