La administración tributaria modificó el procedimiento general "Devoluciones por pagos indebidos o en exceso y/o compensaciones de deudas tributarias aduaneras" IFGRA-PG.05 (Versión 5), mediante la RS Nº 184-2012-SUNAT/A.
En consecuencia, el interesado que presente una solicitud de devolución deberá haber obtenido previamente un pronunciamiento favorable sobre su solicitud de rectificación del valor en aduanas de la declaración aduanera, hecho que deberá mencionar en su escrito de solicitud de devolución.
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