El presidente de la Cámara de Comercio de Lima, Samuel Gleiser, indicó que con la reciente reglamentación mediante el Decreto Supremo Nº 1116, se encarecen los costos de las empresas de servicios turísticos. A pesar de que la Ley establece que dichos paquetes no están afectos al pago de tributos, el reglamento condiciona esta situación a ser considerado como buen contribuyente y a estar inscrito en un registro que la Sunat aún no implementa.
Señala además, que la calificación como buen contribuyente no es un requisito legal, sino que está sujeto a la discrecionalidad de Sunat tanto para su otorgamiento como para la permanencia. En relación al registro, se establece que las inscripciones se realizarán en las primeras quincenas de mayo y noviembre.
En consecuencia significa que, entre tanto las empresas que brindan servicios de exportación turística tendrán que gravar sus servicios con el IGV, afirmó.
Finalmente asegura que el turista ante la disyuntiva de tener que pagar el IGV en nuestro país prefiere países como Chile, México u otros, donde está inafecto o paga menos
Señala además, que la calificación como buen contribuyente no es un requisito legal, sino que está sujeto a la discrecionalidad de Sunat tanto para su otorgamiento como para la permanencia. En relación al registro, se establece que las inscripciones se realizarán en las primeras quincenas de mayo y noviembre.
En consecuencia significa que, entre tanto las empresas que brindan servicios de exportación turística tendrán que gravar sus servicios con el IGV, afirmó.
Finalmente asegura que el turista ante la disyuntiva de tener que pagar el IGV en nuestro país prefiere países como Chile, México u otros, donde está inafecto o paga menos
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