jueves, 26 de abril de 2012

26/04/2012:Empresas deben tener un Comité de Seguridad y Salud en 30 dias.

El reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, estableció que en 30 días hábiles las empresas o sus sindicatos deberán realizar la convocatoria para la elección del comité de seguridad y salud en el trabajo (obligatorio con 20 trabajadores o más) o el supervisor (en el caso de menos de 20 trabajadores). El comité o supervisor funcionará dentro de los 10 días hábiles posteriores a su elección.

0 comentarios:

Publicar un comentario

 
Design by Wordpress Theme | Bloggerized by Free Blogger Templates | coupon codes