El presente decreto presenta modificaciones complementarias a los siguientes extremos del TUO de la Ley Del Impuesto General A Las Ventas E Impuesto Selectivo Al Consumo:
Se incorpora nuevos supuestos de exportación en los numerales 9 y 10 del artículo 33º de la Ley del IGV, respectos a servicios que conforman el paquete turístico prestado por operadores turísticos domiciliados, servicios complementarios de transporte de carga, entre otros.
Se modifica el numeral 3 del Apéndice II de la Ley del IGV, el cual reza como sigue:
“Servicios de transporte de carga que se realice desde el país hacia el exterior y el que se realice desde el exterior hacía el país
Vigencia:01/08/2012
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