El monto a partir del cual se deberá utilizar medios de pago es de S/. 3,500 o US$ 1,000, de acuerdo con el DS Nº 150-2007-EF.
Además, el monto se fija en nuevos soles para las operaciones pactadas en moneda nacional, y en dólares americanos para las operaciones pactadas en esta moneda. Tratándose de obligaciones pactadas en otras monedas, se convierte a nuevos soles utilizando el tipo de cambio promedio ponderado venta publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros el día en que se contrae la obligación.
http://www.facebook.com/pages/Actualidad-Contable/441700189175428
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