miércoles, 26 de septiembre de 2012

26/09/2012:No basta únicamente con el registro contable sino se debe contar con los medios sustentatorios

Debe tenerse en cuenta que no basta únicamente con el registro contable de las operaciones, tal como resalta la página 5 de la Resolución del Tribunal Fiscal RTF N° 05987-3-2011:
“Que sin perjuicio de lo expuesto cabe resaltar que si bien se aprecia que los importes de los saldos inicial y final de existencias anotados en el Libro de Inventarios y Balances 2001 (folios 1034 y 1037) coinciden con la información contenida en el “Análisis del Costo de Venta 2001” presentado en la fiscalización, y observándose además en la Cuenta 20 – Existencias de su “Libro Mayor Auxiliar de Mayo a Diciembre 2001” el registro al 31 de diciembre de 2001 del aporte de mercadería por la suma de S/.317,933.00 (folio 1026), este Tribunal ha establecido en reiteradas resoluciones, tales como las N° 120-5-2002, 1923-4-2004 y 13909-1-2008, que no basta el mero registro contable de las operaciones para acreditar que éstas son reales, sino que es necesario que dichas operaciones se acrediten con la documentación fehaciente, lo que no cumplió la recurrente en el caso de autos.”

0 comentarios:

Publicar un comentario

 
Design by Wordpress Theme | Bloggerized by Free Blogger Templates | coupon codes