miércoles, 14 de noviembre de 2012

14/11/2012:Informe Nº100-2012 SUNAT la aplicación del SPOT a los servicios de publicación de anuncios u otros en medios escritos, realizada por empresas editoras

Mmediante el cual se pronunció respecto de la aplicación del SPOT a los servicios de publicación de anuncios u otros en medios escritos, realizada por empresas editoras, en el siguiente sentido:


“(…) la publicación de anuncios u otros en medios escritos, realizada por empresas editoras, no se encuentra comprendida en la clase 7430: Publicidad, sino en la clase 2212 - Edición de periódicos, revistas y publicaciones periódicas
En consecuencia, teniendo en cuenta que en el numeral 10 del Anexo 3 de la
Resolución de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT están comprendidos los demás servicios gravados con el IGV que no se encuentren incluidos en algún otro numeral de dicho Anexo, inclusión que no se verifica respecto del servicio materia de consulta; a partir del 2.4.2012, esta operación se encuentra sujeta al SPOT por estar comprendida en el aludido numeral 10 del Anexo 3, siéndole de aplicación la detracción del 9%.
(…)
La publicación de anuncios u otros en medios escritos, realizada por empresas editoras, está sujeta al SPOT, siéndole de aplicación el porcentaje del 9%”.

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