Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 006-98/SUNAT se fijó el radio urbano aplicable a la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendencias Regionales y Oficinas Zonales. En ese sentido, se ha estimado conveniente modificar el mismo con el fin de adecuarlo al ámbito geográfico de las Oficinas Zonales actualmente existentes y para que, en algunas dependencias, coincida con el radio urbano fijado para los distritos judiciales y fijar el radio urbano aplicable a las dependencias de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas.
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