La SBS es el organismo que, a través de la UIF, ejerce supervisión sobre los Notarios en materia de las normas de inteligencia financiera, en ese sentido, mediante Resolución SBS N° 5709-2012 se aprueba “Normas Especiales para la Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo aplicable a Notarios”.
Dentro de algunas de las obligaciones que establece esta normativa está la capacitación anual que deberán tener los notarios y sus trabajadores, en materia de prevención de lavado de activos, a fin que estén instruidos sobre la normatividad vigente.
Los notarios a nivel nacional deberán remitir sus Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS), a partir del 01 de octubre del 2012, mediante el sistema ROSEL de la página web de la SBS. Los Notarios de Lima y Callao, a partir del 01 de enero del 2013 deberán remitir sus Registro de Operaciones por el mismo medio a la UIF, mientras que para los notarios de provincia, la obligación de remitir esta información será de manera progresiva.
Dentro de algunas de las obligaciones que establece esta normativa está la capacitación anual que deberán tener los notarios y sus trabajadores, en materia de prevención de lavado de activos, a fin que estén instruidos sobre la normatividad vigente.
Los notarios a nivel nacional deberán remitir sus Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS), a partir del 01 de octubre del 2012, mediante el sistema ROSEL de la página web de la SBS. Los Notarios de Lima y Callao, a partir del 01 de enero del 2013 deberán remitir sus Registro de Operaciones por el mismo medio a la UIF, mientras que para los notarios de provincia, la obligación de remitir esta información será de manera progresiva.
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