viernes, 9 de noviembre de 2012

09/11/2012:FE DE ERRATAS DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 249-2012/SUNAT QUE INCORPORA AL SPOT A LA VENTA DE ORO EXONERADO DEL IGV, LA VENTA DE CONCENTRADOS METÁLICOS NO AURÍFEROS, VENTA DE BIENES EXONERADA DEL IGV Y VENTA DE MINERALES NO METÁLICOS


Mediante Fe de Erratas publicada en el diario Oficial El Peruano el 09.11.2012 se deja constancia del error material incurrido al consignar en el Anexo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT que regula la aplicación del SPOT, como numeral “22” al numeral “21”, estableciéndose que la referencia correcta al numeral debe ser “21” y no “22” como originalmente fue consignada en la edición del 30.10.2012 del diario Oficial El Peruano.

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