jueves, 12 de abril de 2012

12/04/2012:INFORMACIÓN SOBRE LAS ULTIMAS 6 REMUNERACIÓN A ENTIDADES FINANCIERAS

Los empleadores tienen hasta el 30 de abril para comunicar a las entidades depositarias de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de sus trabajadores, el importe de las seis últimas remuneraciones mensuales brutas de cada uno de ellos.



Esta data es necesaria para que dichas entidades calculen al término del plazo para realizar el depósito próximo de la CTS, qué trabajadores podrán disponer de su beneficio.

En efecto, los trabajadores solo pueden disponer hasta el 70% del excedente de seis remuneraciones brutas que estén depositados en sus cuentas de CTS, refiere un informe de Miranda & Amado Abogados.

Además, cuando los trabajadores soliciten la libre disponibilidad del porcentaje antes citado, las entidades depositarias de la CTS deberán verificar que el monto total que mantienen los trabajadores en sus cuentas individuales de CTS supere las seis remuneraciones mensuales brutas establecidas en la Ley Nº 29352, caso contrario los trabajadores no podrán disponer de suma alguna. 
De no cumplirse con la comunicación, los empleadores estarían cometiendo una infracción leve en materia de relaciones laborales, la cual podría ser sancionada por el Ministerio de Trabajo con una multa de hasta S/. 18,000.0

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