Mediante sentencia del pleno del Tribunal Constitucional de fecha 18.09.2012, publicada en el diario Oficial El Peruano el 30.09.2012, que fuera emitida en el Exp. N° 00021-2011-PI/TC, el supremo intérprete constitucional ha declarado infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la Ley N° 28634, que incorpora un párrafo al artículo 32° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta.
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